sábado, 15 de diciembre de 2012

El Decreto-Ley 300 tampoco hará producir la tierra

Agricultura



El Decreto-Ley 300 tampoco hará producir la tierra

Dimas Castellanos

La Habana 12-12-2012 - 8:30 am.



Sigue en pie la contradicción de aspirar al crecimiento mientras se

evita la formación de un empresariado nacional.



Acaba de entrar en vigor el Decreto-Ley 300, mediante el cual se

autoriza la entrega de tierras estatales ociosas en concepto de

usufructo. La nueva medida deroga al Decreto-Ley 259 de julio de 2008,

cuyos irrisorios resultados condujo a su derogación por el Consejo de

Estado.



A juzgar por los criterios oficiales aparecidos en la prensa, ahora sí

se hará producir la tierra. Entre otros, el director jurídico del

Ministerio de la Agricultura aseguró que el nuevo Decreto-Ley

"consolidará el proceso de entrega de tierras ociosas y garantizará la

continuidad y sostenibilidad en su explotación"; mientras el director

del Centro Nacional de Control de la Tierra, del mismo organismo,

consideró que su aplicación "posibilitará incrementar la producción de

alimentos". Esas valoraciones triunfalistas no tienen en cuenta la

relación existente del reciente Decreto-Ley con los antecedentes del

problema agrario en el país, especialmente con lo relativo a la tenencia

de la tierra y su eficiente explotación.



La propiedad agraria en Cuba sufrió un giro considerable en detrimento

de los pequeños y medianos productores con las decenas de miles de

desalojos ocurridos en el período comprendido entre la terminación de la

Guerra de Independencia de 1895 y la gran expansión azucarera de 1918 a

1924. El resultado de ese proceso lo reflejó el censo de 1946, en el

cual de 142.385 campesinos que había en el país con 5 o menos

caballerías —que representaba el 24% de la tierra cultivable—, sólo

48.000 eran propietarios; mientras el restante 76% de la tierra estaba

concentrado en manos de grandes propietarios nacionales y empresas

extranjeras. Con esa distribución, los grandes propietarios no estaban

interesados en la explotación intensiva, mientras los casi cien mil

arrendatarios, subarrendatarios, apareceros y precaristas, no estaban

dispuestos a hacer producir eficientemente una tierra que no era de su

propiedad.



Con la Revolución de 1959, el Estado socialista monopolizó la propiedad

agraria e implantó la planificación centralizada. Esos dos factores,

propiedad y planificación, explican que medio siglo después, a pesar de

las diversas medidas aplicadas, más de 1/3 de la tierra concentrada en

los latifundios estatales permaneció y/o devino ociosa.



Después de múltiples fracasos en el intento de hacer producir las

tierras del Estado, en el año 2008 se promulgó el Decreto-Ley 259,

mediante el cual se entregaron 1.523.000 hectáreas de esas tierras (una

parte considerable de las cuales permanece sin producir). Sin embargo,

esa norma jurídica ignoró las principales causas de la ineficiencia

productiva y, en consecuencia, fracasó en su objetivo de elevar la

producción agrícola.



A pesar de esa experiencia, los Lineamientos de la Política Económica y

Social, aprobados por el VI Congreso del Partido Comunista, retomaron la

planificación en detrimento del mercado y negaron la entrega de las

tierras en propiedad. Es decir, se insiste en la aplicación de un modelo

económico, político y social, que no ha funcionado en ninguna parte.



Hay que decir que, aunque el Decreto-Ley 259 carecía de los elementos

básicos para producir el vuelco que requería la agricultura, su

importancia consistió en el reconocimiento de que algo tenía que

cambiar. Sin embargo, ese algo, al soslayar la tenencia de la propiedad

en manos de los campesinos y supeditar la economía a la ideología, no

podía cumplir el propósito declarado.



El reciente Decreto-Ley 300 constituye un paso de avance en algunos

aspectos:



1- Antes se podía extender el área entregada desde una hasta tres

caballerías de tierra y ahora es extensible hasta cinco caballerías,

pero solo para aquellos que ya poseen tierras y estén vinculados a una

Granja Estatal con personalidad jurídica, Unidad Básica de Producción

Cooperativa (UBPC) o Cooperativa de Producción Agropecuaria (CPA).



2- La construcción de viviendas, almacenes y otras instalaciones, antes

prohibidas, ahora está permitida.



3- Brinda determinadas facilidades para la contratación de fuerza de

trabajo por medio de la ayuda familiar, trabajadores agropecuarios

eventuales y trabajadores de manera permanente.



Sin embargo, el acceso a insumos y servicios depende de que los

usufructuarios estén vinculados a las entidades agrícolas con

personalidad jurídica. Además, contiene una desventaja manifiesta para

las personas naturales en cuanto al término de duración del contrato y a

recibir en usufructo planes estatales de la ganadería genética y

comercial improductivos.



Tales limitaciones se encaminan hacia una insalvable contradicción:

hacer producir la tierra y a la vez evitar la formación de un

empresariado nacional.



A su vez el Decreto-Ley 300 no oculta la decisión de mantener el control

monopólico del Estado sobre la propiedad. En su artículo 11 reza que los

usufructuarios pueden integrarse como trabajadores a una granja estatal

con personalidad jurídica, o como cooperativista a una UBPC o a una CPA.

En esos casos, "el usufructuario le cede el derecho de usufructo sobre

las tierras y las bienhechurías a la entidad a la cual se integra, la

que evalúa la conveniencia o no de que aquel continúe trabajando esas

tierras".



Lo más significativo es que el usufructo, entendido como derecho a

disfrutar de un bien ajeno, no va a la raíz del problema. El mismo

encierra una gran contradicción: las tierras en manos del Estado

devienen ociosas, pero el que las hace producir está impedido de acceder

a su propiedad.



La subordinación de las leyes económicas a la ideología del poder,

explica tanto los fracasos precedentes como el intento de reparar las

decisiones anteriores con las recientes medidas. Se trata de cambios de

forma que conservan los factores esenciales que han condicionado el

atraso en la agricultura.



Su aspecto positivo radica en que, a pesar de las intenciones

gubernamentales, en un lento y tortuoso proceso contra viento y marea

muchos trabajadores del campo se van entrenando como futuros agentes de

un empresariado nacional.



Al final, las nuevas medidas, al carecer de la profundidad necesaria,

repiten con alguna que otra modificación, los fracasos precedentes. Y

esto permite asegurar que el Decreto-Ley 300 tampoco hará producir la

tierra y que, mientras eso no cambie, Cuba tendrá que seguir adquiriendo

a altísimos precios en el mercado internacional productos perfectamente

producibles en el país.



http://www.diariodecuba.com/cuba/14406-el-decreto-ley-300-tampoco-hara-producir-la-tierra

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