lunes, 20 de abril de 2015

Cuba - Las trampas de la extradición

Cuba: Las trampas de la extradición
Entre Estados Unidos y Cuba no existe tratado de extradición; pero eso
no quiere decir que no se pueda entregar a una persona.
Juan Juan Almeida
abril 20, 2015

La política es el único arte escénico donde no cabe el asombro. Por eso,
a pesar del visible empeño que realizan Cuba y Estados Unidos por
normalizar relaciones y al acuerdo recientemente pactado por el Gobierno
cubano, de cooperar para dar solución a los casos de los fugitivos de la
justicia estadounidense refugiados en la isla, pongo en duda que
extraditen a Joanne Chessimard (se le concedió refugio político en 1984)
y a William Guillermo Morales (si posee igual condición).

La extradición de estas personas sentaría un precedente que presionaría
la entrega de Juan Lisímaco Gutiérrez Fischmann (exesposo de Mariela
Castro) y algunos otros personajes refugiados en La Habana alegando
motivos políticos.

Es más factible creer que Cuba, mientras el palo va y viene, devuelva a
los involucrados, ya señalados, en delitos rutinarios como lavado de
dinero, falsificación, estafa a seguros, tarjetas de crédito y/o al
Madicare.

La extradición es un recurso que se clasifica en "activa", acto del que
hacen uso los países cuando solicitan la entrega de determinado
individuo; o "pasiva", el que realizan los países cuando a estos se les
solicita la entrega de objetos puntuales (seres humanos).

Internacionalmente funciona de varias maneras; pero en Cuba, la
solicitud de extradición "pasiva" se recibe únicamente por vía
diplomática y, después de ser revisada, corre a cargo del poder
ejecutivo que, al no existir separación, le ordena al poder judicial
tramitar y resolver el procedimiento en cuestión.

El ejemplo más reciente lo tuvimos en el 2004, cuando fue detenido en La
Habana, en una casa del Nuevo Vedado, el empresario argentino con
nacionalidad mexicana Carlos Agustín Ahumada Kurtz, que fue deportado de
Cuba tras un pedido de extradición "activa" emitido por la Secretaría de
Relaciones Exteriores del Gobierno mexicano.

Muy diferente fue el caso Robert Vesco. Un juez cubano resolvió la
procedencia judicial, pero el poder ejecutivo, personificado en Fidel
Castro, ordenó no dar curso a la entrega alegando motivos de riesgo para
la seguridad nacional, aunque algunos aseguran que pesaba más el tema
"patrimonio familiar".

Entre Estados Unidos y Cuba no existe tratado de extradición; pero eso
no quiere decir que no se pueda entregar a una persona. Ahí es justo
donde radica el primero de los recursos que usa el Gobierno cubano, pués
–según legislaciones internacionales– ante la ausencia de un tratado, la
ley interna del país a donde se dirige el reclamo decide si una persona
es entregada o no.

El resto de los subterfugios se esconden en el procedimiento en sí. El
trámite de reclamación inicia –como ya expliqué– con una nota
diplomática solicitando la detención provisional de la persona en
cuestión con fines de extradición. Pero tiene que cumplir determinados
requisitos: El Estado requirente tiene que aportar los datos de
identificación del individuo que pide sea detenido; mostrar el
demostrativo de una orden de detención con razón sobre el objeto
solicitado; aceptar el compromiso de formalizar la petición de
extradición en el plazo convenido; aceptar la reciprocidad y aceptar,
además, que se trata de un caso de urgencia.

Permítaseme aclarar que como "caso de urgencia" se entiende que exista
la posibilidad de que la persona requerida escape del país al cual se ha
solicitado.

¿Alguien puede pensar que Joanne Chessimard o William Guillermo Morales,
teniendo la condición de refugiados políticos, tengan planes reales de
querer abandonar la isla? Quizás, pero ¿hacia dónde? Venezuela no es
opción, pues aunque el mandatario Maduro tenga igual cantidad de
cromosomas que un équido (Equus asinus); lo último que desea es un
problema de este tipo.

Quienes tienen la condición de refugiados políticos en Cuba saben que,
solo por alguna negociación que les obligue a ser objeto de una
detención (o secuestro) transfronterizo, la extradición, más que una
posibilidad, es una apariencia onírica distante de la realidad.

Source: Cuba: Las trampas de la extradición -
http://www.martinoticias.com/content/cuba-trampas-extradicion-chesimard/91381.html

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