Última actualización Saturday, 10 September 2011
Por REDACCION CAFEFUERTE
- El gobierno cubano emitió las disposiciones que regirán el
arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios por cuenta propia en
la isla, y anunció el monto de los impuestos que deberán abonar los
propietarios relacionados con los servicios inmobiliarios.
Casa de renta en la barriada de Centro Habana.
La Resolución 283/2011 del Instituto Nacional de la Vivienda (INV)
estipula que los propietarios que decidan arrendar sus inmuebles deberán
formular la solicitud ante las direcciones municipales del INV donde
esté enclavada su propiedad, y recibirán la autorización para operar en
un plazo de 15 días a partir de la radicación del expediente.
El documento publicado este viernes en la Gaceta Oficial señala que los
arredadores podrán optar por dos modalidades de cobro de la renta: en
pesos convertibles (CUC) o en pesos cubanos (CUP).
"En el caso del que lo solicita en CUP, sólo está autorizado a arrendar
a personas residentes permanentes en Cuba", señala la resolución
suscrita por Oris Silvia Fernández, presidenta del INV, el pasado 5 de
septiembre.
La disposición añade que el derecho de arrendamiento podrá quedar
cancelado por los directores municipales de la Vivienda si en el
inmueble arrendado se realizan "actividades ilícitas o antisociales, por
parte del propietario, sus convivientes, los arrendatarios o sus
acompañantes".
La regulación no especfica el criterio para determinar el carácter
"ilícito o antisocial" de una actividad, lo que deja abierta una brecha
para el libre albedrío de las instituciones gubernamentales y los
mecanismos de control político en los vecindarios.
Responsabilidad total
"El arrendador es responsable del control de la actividad del inmueble y
de lo que acontece en el mismo, aun cuando arriende la vivienda
completa", recalca el reglamento.
También las autoridades pueden retirar el permiso de alquiler por
incumplimiento de pago de los créditos otorgados, según la determinación
del banco, o si se detecta "que el arreendatario es integrante de
misiones diplomáticas, consulares, organismos internacionales o de
agencias de prensa acreditadas en Cuba".
Cuando el período de arredamiento sea inferior a los 30 días, el
contrato podrá viabilizarse de forma verbal. De otra manera, debe
incribirse en el Registro de Arrendatarios.
En el caso de personas que emigran del país o fallecen siendo
coarrendadores, podrá modificarse la titularidad del arrendamiento a
solicitud del otro propietario del inmueble.
La resolución incluye las planillas de los documentos que deberán ser
completados por los propietarios para tramitar la autorización de
arrendamiento.
La solicitud de inscripción para el arrendamiento se mantiene en $100
CUC o 100 CUP, de acuerdo a la opción escogida por el propietario.
Impuestos elevados
Mientras, la Resolución 298/2011 del Ministerio de Finanzas y Precios
fijó la escala impositiva mínima que entrará en vigor para el
arrendamiento de viviendas y que significa una reducción considerable
respecto a las contribuciones actuales.
El decreto implica una rebaja de la cuota mínima mensual del impuesto
por el alquiler de habitaciones, que actualmente alcanzaba los $200
CUC en la modalidad de arrendamiento en CUC.
No obstante, la carga impositiva sigue siendo elevada.
En los casos de rentas en pesos convertibles, los arrendadores pagarán
ahora un impuesto de $150 CUC en caso de viviendas de una habitación.
Cuando se arriendan viviendas con más de una habitación, el monto
impositivo se incrementará en $75 CUC por cada habitación adicional a la
primera.
Cuando la renta es en pesos cubanos, el impuesto mensual será de 100 CUP
para casas de hasta dos habitaciones y 50 CIP por cada habitación
adicional a la segunda.
En embas modalidades de pago se añadirán cargos impositivos si el
inmueble cuenta con piscina o garaje.
El gobierno debe anunciar en las próximas semanas la resolución para la
compra-venta de viviendas, una decisión aperturista que recibió el visto
bueno en el VI Congreso del Partido Comunista, el pasado abril.
Texto íntegro de las resoluciones 283/2011 y 298/2011
http://cafefuerte.com/wp-content/uploads/2011/09/ResolucionesVivienda2011.pdf
http://cafefuerte.com/2011/09/10/cuba-emite-estrictas-regulaciones-para-renta-de-viviendas/
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