El Gobierno autoriza nuevos oficios privados: chapistero, herrero y
gestor de permutas
AGENCIAS | La Habana | 26 Sep 2013 - 6:45 pm.
La Gaceta Oficial publica la lista de 18 nuevas actividades
independientes, que se agregaron a las 181 ya autorizadas.
El Gobierno publicó este jueves nuevas normas y requerimientos que
buscan la "ampliación, flexibilización y regulación" del trabajo
independiente e informó que más de 430.000 licencias se otorgaron en
estos últimos tres años, reportó AP.
La Gaceta Oficial publicó la lista de 18 nuevas actividades
independientes que se agregaron a las 181 ya autorizadas para el llamado
"trabajo por cuenta propia".
Entre los oficios ahora autorizados destacan los de chapistero, herrero
y fundidor. También podrán trabajar de forma independiente los "gestores
de permutas y compra-venta de viviendas", "gestores de alquiler de
viviendas" y obreros que ofertan "servicios para la construcción,
reparación y mantenimiento de inmuebles".
La decisión de otorgar licencias en dichos oficios se debe a que se
crearon las condiciones en el país para comercializar "materias primas,
equipos y otros insumos en la red de tiendas y en puntos específicos",
según informó al diario oficial Granma, José Barreiro Alfonso, asesor de
la Ministra de Trabajo y Seguridad Social.
"Está previsto que se comercialicen en determinados lugares del país
chapas de acero y de aluminio, recorterías de mármol, chatarra de
aluminio y de bronce, barras, tubos de diferentes formas, máquinas de
pulir pisos y botellones de oxígeno y acetileno", precisó Barreiro.
El "agente de telecomunicaciones" realizará "la promoción y venta
minorista de productos y servicios de telecomunicaciones que le son
proveídos de forma mayorista por ETECSA", el monopolio estatal que rige
el sector, reportó EFE.
El Gobierno autoriza además la existencia del "agente postal" privado
que, según figura en la resolución oficial, prestará "los servicios de
correo a la población" si bien deberá obtener previamente la licencia de
"operador designado" que otorgan las direcciones territoriales de la
Empresa de Correos de Cuba.
Advertencias a los revendedores de ropa
Por otra parte, se estipula que no les estará permitido comercializar
bienes importados al vendedor de productos agrícolas en forma
ambulatoria, al modista o sastre y al vendedor de artículos varios de
uso en el hogar.
Según las declaraciones de Barreiro a Granma, "el asunto de los
productos comprados en las tiendas para luego revenderlos ha generado
constantes opiniones entre la población que se queja del
desabastecimiento y los altos precios impuestos por los acaparadores".
El funcionario aseguró que "se pondrá orden, pues nadie tiene permitido
comprar mercancías en un establecimiento del Estado para luego especular
con ellas".
De acuerdo con Granma, el Código Penal contempla "en su apartado 230 que
incurre en delito quien obtenga mercancías u otros objetos con el
propósito de revenderlos para obtener lucro o ganancia".
Source: "El Gobierno autoriza nuevos oficios privados: chapistero,
herrero y gestor de permutas | Diario de Cuba" -
http://www.diariodecuba.com/cuba/1380213906_5259.html
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