miércoles, 17 de septiembre de 2008

Comienza el proceso de entrega de tierras ociosas, pero con condiciones

Economía
Comienza el proceso de entrega de tierras ociosas, pero con condiciones

Para acceder a las tierras, las personas naturales deben 'observar una
conducta moral y social acorde con los principios éticos de nuestra
sociedad', apunta el Decreto No. 282.

Redacción CE | 15/09/2008

El Ministerio de la Agricultura comenzará este miércoles 17 de
septiembre a recepcionar las solicitudes para la entrega de tierras
ociosas en usufructo, a personas jurídicas o naturales interesadas,
según informó una nota publicada este lunes por el diario oficial Granma.

"Con el objetivo primordial de elevar la producción de alimentos y
reducir su importación, se pusieron en vigor el Decreto Ley No. 259 del
10 de julio de 2008 y el Decreto No. 282 del 27 de agosto del propio
año, que autorizan e implementan la entrega de tierras en usufructo a
personas jurídicas o naturales, a partir de su uso racional y
sostenible", refiere la nota de la entidad.

Asimismo, apunta que "recuperar la capacidad de producción de alimentos
(…) en el más breve plazo posible, y sacarle a la tierra un mejor
provecho, es una necesidad estratégica y un modo concreto de enfrentar
la crisis alimentaria", además de "razón adicional y urgente para
contribuir a la recuperación de las afectaciones provocadas por los
devastadores huracanes Gustav e Ike".

El Ministerio de la Agricultura agrega en su comunicado que para los
trámites han sido habilitadas las oficinas de las direcciones
municipales del Centro Nacional de Control de la Tierra, subordinadas a
las delegaciones municipales del Ministerio de la Agricultura.

De acuerdo con el artículo 7 del Decreto No. 282, publicado por la
Gaceta Oficial, "las solicitudes de entrega de tierras tanto para
cooperativas de producción agropecuaria como para cooperativas de
créditos y servicios deben contar con el aval del Presidente Municipal
de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP)".

Por otra parte, refiere el artículo que las personas naturales deben
"reunir las condiciones para poner en producción la tierra solicitada y
observar una conducta moral y social acorde con los principios éticos de
nuestra sociedad".

En ese caso, agrega el decreto, "estas personas deben vincularse o estar
vinculadas a la Cooperativa de Créditos y Servicios en que estén
ubicadas las tierras y obtener el aval de la misma para solicitar la
entrega".

La entrega de tierras ociosas en usufructo viene acompañada de una serie
de engorrosos trámites burocráticos, según se aprecia en el
"procedimiento" que acompaña el referido reglamento del Decreto No. 282.

Un reporte de la Televisión Cubana del pasado viernes informó que los
huracanes Ike y Gustav arrasaron medio millón de viviendas y dejaron
"grandes daños" en la agricultura y las obras de infraestructuras, que
pueden ascender hasta 10.000 millones de dólares.

En tanto, el huracán Ike arrasó e inundó 300.000 hectáreas de
cañaverales de azúcar y dañó un gran número de instalaciones cuando se
desplazó por toda la isla hace una semana, informó Reuters.

* Ver el 'Reglamento para la implementación de la entrega de
tierras ociosas en usufructo' (pdf)
http://www.cubaencuentro.com/es/cuba/noticias/comienza-el-proceso-de-entrega-de-tierras-ociosas-pero-con-condiciones-114004/reglamento-para-la-implementacion-de-tierras-ociosas-en-usufructo-pdf

http://www.cubaencuentro.com/es/cuba/noticias/comienza-el-proceso-de-entrega-de-tierras-ociosas-pero-con-condiciones-114004

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