miércoles, 28 de enero de 2015

Qué dice el nuevo reglamento para invertir en Cuba?

¿Qué dice el nuevo reglamento para invertir en Cuba?
La gran pregunta sobre el nuevo Reglamento del Proceso Inversionista es
si a un cubano que tenga los fondos suficientes se le permitirá invertir
en su propio país.
Adriel Reyes
enero 27, 2015

Aunque fue aprobado desde el pasado 11 de octubre del 2014, dentro y
fuera de Cuba se enteraron apenas el 23 de enero de este año, cuando
salió publicado en la Gaceta Oficial. El nuevo Reglamento del Proceso
Inversionista, Decreto No. 327 del Consejo de Ministros, deroga las
viejas normativas en torno a los inversores extranjeros y detalla cómo
será el futuro de este sector.

Dentro de sus elementos llamativos se destaca el artículo 2.2, donde
dice que "la aplicación de esta norma para las personas naturales y
jurídicas extranjeras no otorga la condición de inversionista extranjero
en Cuba".

Quiere esto decir que un particular será considerado "inversionista
extranjero" siempre y cuando ingrese su capital a través de "las
empresas mixtas, las partes de los contratos de asociación económica
internacional y las empresas de capital totalmente extranjero".

Según el director del Instituto de Investigaciones Cubanas de la
Universidad Internacional de la Florida, Jorge Duany, no existe nada en
ese reglamento "que excluya la posibilidad de que cubanos residentes en
el extranjero puedan invertir".

Sin embargo, la complejidad del documento de 127 páginas y la excesiva
documentación requerida puede alejar a los potenciales negociantes,
opina José Azel, investigador del Instituto de Estudios Cubanos y
Cubanoamericanos de la Universidad de Miami.

"Existe una gran competencia en todo el mundo para atraer capitales de
inversiones extranjeras, es decir, que para ser competitivo lo que hay
que tratar es de facilitar las inversiones" lo más posible, concluye.

Los inversionistas extranjeros en Cuba y los terceros que contrate
deberán elaborar toda la documentación correspondiente, tomando como
base "las directivas y lineamientos para el desarrollo económico y
social, los planes de ordenamiento territorial y urbano" y otra decena
de regulaciones estatales.

Por si fuera poco, deberán obtener las aprobaciones de los "órganos de
consulta permanentes", que son el Ministerio de las Fuerzas Armadas
Revolucionarias; el Ministerio de Energía y Minas; el Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente; el Ministerio de Salud Pública; el
Ministerio de Industrias; el Ministerio del Interior; el Instituto
Nacional de Recursos Hidráulicos y el Estado Mayor Nacional de la
Defensa Civil, sin contar los órganos de consulta eventuales.

Adicionalmente, los inversionistas extranjeros deberán priorizar la
compra de productos cubanos si se demuestra que cumplen con los
estándares internacionales, "algo que es coherente con la actual
política que promueve el gobierno cubano", alega la economista
independiente de Pinar del Río, Karina Gálvez.

"Esta política proteccionista, favorece a corto plazo la producción
nacional, pero al mismo tiempo condiciona la inversión extranjera" y la
aleja.

Como un elemento novedoso los gobiernos provinciales podrán aprobar
directamente inversiones de menor cuantía (inversiones no nominales,
según el documento). "Es una manera de ir descentralizando, por lo menos
de forma legal, hay que ver si en la práctica va a funcionar…", dijo Gálvez.

Las inversiones nominales o de gran cuantía serán tramitadas a través de
una Ventanilla Única del Ministerio de Economía y Planificación.

En varias partes del Decreto No. 327 o Reglamento del Proceso
Inversionista, se deja bien claro que en caso de incumplimiento de
alguna de las partes, el responsable debe reparar los daños e indemnizar
los perjuicios, según se establezca en los contratos.

Para Jesús Marzo Fernández, ex funcionario del Ministerio cubano de
Economía y Planificación radicado en Miami, "eso es válido para los
cubanos y para los extranjeros, para los dos. Pero la pregunta que yo
siempre me hago y que no está en el documento es cómo los inversionistas
podrán repatriar su capital".

Antes de aprobar ningún proyecto, el Ministerio del Interior está
autorizado a cuestionar el origen de las inversiones, quiénes son los
inversionistas, qué tipo de materias primas se utilizarán y el origen de
estas.

Específicamente sobre los empresarios estadounidenses interesados en
invertir en Cuba, explicó Jorge Duany: "No conocen ese mercado, no
conocen bien cómo funciona el sistema legal cubano y me imagino que van
a estar en contacto con aquellos que sí han estado", como por ejemplo
los canadienses y los españoles.

La gran pregunta sobre el nuevo Reglamento del Proceso Inversionista
(tanto para nativos como extranjeros) es si se le permitirá a un cubano
que tenga los fondos suficientes invertir en su propio país: En el
proyecto del Mariel o donde él escoja.

Source: ¿Qué dice el nuevo reglamento para invertir en Cuba? -
http://www.martinoticias.com/content/pros-contras-nuevo-reglamente-inversion-cuba/85265.html

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