martes, 27 de noviembre de 2012

Fuertes sanciones en la nueva Ley Tributaria

Fuertes sanciones en la nueva Ley Tributaria



Infringir la nueva ley tributaria de Cuba conlleva sanciones que van

desde las multas hasta la incautación de la cuenta bancaria, la

vivienda, el salario del cónyuge u otros bienes del deudor.

Adriel Reyes / Especial para martinoticias.com

noviembre 27, 2012



Cuba pondrá en vigor a partir de enero una nueva Ley Tributaria con

fuertes sanciones para sus infractores. Aunque los ciudadanos apenas

conocen en qué consiste, recibirán de un golpe un total de 19 impuestos,

tres contribuciones e igual número de tasas, según establece el cuerpo

de la ley publicada en la Gazeta Oficial el pasado 21 noviembre.



Entre los impuestos resaltan el relativo a los ingresos personales,

utilidades, ventas, posesión de documentos, viviendas y solares yermos y

entre las tasas de peaje y la de radicación de propaganda y anuncio

comercial.



Medios de prensa de la isla hablan de incrementar la cultura tributaria

y mencionan de soslayo 16 casos procesados durante el 2012 por evasión

fiscal, pero éstos podrían incrementarse en el futuro.



Según el analista, Dimas Castellanos casi todos los estados del mundo

tienen un sistema tributario para mantenerse, sin embargo, "el hecho es

que en Cuba el hábito o la cultura del tributo se perdió porque el

gobierno hizo que se perdiera por más de cinco siglos y lo segundo, es

que no hay capacidad solvente en el salario de los cubanos para hacerle

frente a los impuestos".



Fuentes del Departamento de Asistencia al Contribuyente de la Oficina

Nacional de la Administración Tributaria (ONAT) precisaron que "el

embargo de los bienes del deudor no se limita a su cuenta bancaria sino

que incluye todos aquellos que no sean inembargables (necesarios para la

vida o personales). Se procederá al cobro forzoso cuando no se aplaza ni

se reclama la deuda", indicaron.



Según el artículo 462 de la Ley Tributaria, las propiedades de los

deudores se embargarán para luego venderse por el valor de la tasación y

excepcionalmente pueden ser objeto de donación. En el cuerpo de la ley

se refleja que para la ejecución del embargo la Administración

Tributaria puede solicitar el auxilio de la policía.



En el artículo 447 se establece que las obligaciones tributarias se

trasladarán a sus herederos o codeudores en caso de la muerte del titular.



Las mismas fuentes agregaron que la "evasión fiscal puede llevar a los

infractores a los tribunales por la omisión de datos como el rendimiento

del negocio y se sanciona con penas entre 5 y 8 años de privación de

libertad".



Primero se hace un inventario de los bienes y si luego de realizarlo

resulta que no cuentan con las propiedades necesarias para saldar la

deuda, el expediente permanecerá abierto por un término de hasta cinco

años, término en el que serán visitados por peritos de la ONAT.



"Cuando pasen los cinco años se declara la insolvencia pero para

declarar la insolvencia tiene que ser un caso extremo porque usted vive

de algo. Si trabaja se le embarga el salario, se puede embargar el

salario del cónyuge, si tiene una pensión se le puede embargar las dos

terceras partes de la pensión", explicaron desde la Oficina Nacional

de la Administración Tributaria de Cuba.



Desde el punto de vista social, dos generaciones de cubanos nacieron

luego de 1959 y no tienen cultura en el pago de los impuestos mientras

para las personas de la tercera edad la mayoría de los tributos son

totalmente nuevos.



Con un salario promedio mensual de 19 dólares,durante más de medio siglo

los cubanos no pagaron prácticamente ningún tributo, a diferencia de la

mayoría de los países del mundo que utilizan los ingresos públicos para

mantener su gestión.



La cuestión fiscal debe tornarse más crítica cuando se exija el impuesto

sobre los salarios y las remesas de ayuda familiar provenientes del

exterior aunque esta medida no entrará en vigor hasta tanto mejoren las

situaciones económicas financieras de la isla.



El régimen sancionador de la Ley Tributaria recién aprobada en Cuba

aparece entre los artículos 434 y el 463.



http://www.martinoticias.com/content/article/17003.html

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