Un primer paso
Dimas Castellanos
La Habana 10-11-2011 - 7:52 am.
Hoy entra en vigor el nuevo Decreto-Ley de la Vivienda, un
reconocimiento, hasta ahora negado, del derecho de propiedad.
Este jueves 10 de noviembre entra en vigor el Decreto-Ley 288 sobre la
legalización de la venta de viviendas. Complementado con seis
resoluciones ministeriales, dicho decreto modifica de forma
significativa lo legislado en esta materia desde la década del 60 del
pasado siglo.
Con las nuevas disposiciones los cubanos, propietarios formales de
inmuebles, devienen propietarios reales. Ahora pueden no sólo permutar,
sino también donar, adjudicar o vender su casa a otros cubanos
residentes en Cuba, con permiso de residencia en el exterior o a
extranjeros residentes de forma permanente en el país. Para hacer uso de
este derecho se exige que el inmueble esté inscripto en el Registro de
Propiedad, una declaración sobre la licitud de los fondos y el pago de
un impuesto del 4% por la transacción. El precio del inmueble lo
declaran las partes, siempre que no sea inferior al valor actualizado de
la misma. Y las transacciones se harán en pesos cubanos a través del
Banco Nacional.
Ahora las viviendas, propiedad de cubanos que salgan definitivamente del
país, seguirán siendo confiscadas, pero el Estado tramitará la propiedad
a los copropietarios o a sus familiares hasta el cuarto grado de
consanguinidad, de forma gratuita. Es decir a los cónyuges, hijos,
padres, abuelos, hermanos, sobrinos, tíos y primos o las personas que
con el consentimiento del propietario han residido durante cinco años o
más años en el inmueble.
Una valoración del alcance del nuevo Decreto-Ley exige tener en cuenta
sus antecedentes.
Durante años el crecimiento de la población, el envejecimiento del fondo
habitacional, el deterioro por falta de mantenimiento, los crecientes
derrumbes y el bajo ritmo de las construcciones, conformaron una
peliaguda situación. El modelo cubano, más útil para distribuir que para
producir, se enfrascó en resolver el problema soslayando la
participación ciudadana como sujeto.
Con ese propósito se inició una "batalla por la vivienda" que terminó en
rotundo fracaso. De 1960 a 1970 se intentó, producir 32.000 apartamentos
anuales, pero el promedio no rebasó los 11.000. De 1970 a 1980 de un
plan de 38.000, apenas se alcanzaron los 17.000. En la década de 1980,
el plan se elevó a 100.000 viviendas anuales, pero el promedio no superó
las 40.000. Solo en la década de 1990 se sobrepasaron las 40 mil, para
luego retroceder. En septiembre de 2005, el secretario del Comité
Ejecutivo del Consejo de Ministros anunció otro plan de 100.000
viviendas nuevas por año, que también sucumbió.
Cuando el déficit habitacional generó un desenfreno de ocupaciones y
construcciones ilegales, el gobierno giró el énfasis de los planes
constructivos al control del desorden generalizado. La Ley No. 48 —Ley
General de la Vivienda— promulgada en diciembre de 1984 autorizó la
transferencia de la propiedad a los usufructuarios onerosos y ocupantes
legítimos y permitió la legalización de las que se construyeron fuera de
la ley. Esa medida convirtió en propietarios formales a unas 750 mil
familias, pero su alcance se limitó a legalizar lo existente y poner fin
al descontrol. Las ilegalidades, sin embargo, continuaron su marcha.
Cuatro años después, en diciembre de 1988, se emitió una nueva Ley
General de la Vivienda. En uno de sus por cuantos se aclaraba que la
propiedad personal de la vivienda debía entenderse como el derecho de
disfrute de la misma por el propietario y su familia, sin que pueda
convertirse en un mecanismo de enriquecimiento ni de explotación. Es
decir, se prohibía a los dueños vender su inmueble. Esta Ley tampoco
pudo evitar el mercado negro de compraventa y construcciones.
En julio del 2000 se emitió el Decreto-Ley 211 que autorizaba las
inspecciones físicas a los inmuebles, exigía aprobación institucional
para permutar y otorgaba el derecho a funcionarios estatales para
determinar sobre la legitimidad de la propiedad, menoscabando el derecho
reconocido en la Ley General de 1988. En esa misma dirección, en febrero
del 2001, se aprobó un nuevo Decreto-Ley que eliminó definitivamente la
compraventa entre particulares y otorgó a las entidades municipales de
la Vivienda el derecho de confiscación. Así el cuadro quedaba cerrado.
La reciente disposición, al reconocer el derecho del propietario y
eliminar las autorizaciones previas de las direcciones municipales de la
Vivienda, constituye un reconocimiento de lo absurdo de las leyes
anteriores. Su limitación radica en que está dirigida a la esfera de la
circulación: se puede cambiar de dueño, pero no se edifican nuevas
viviendas. Si uno de los objetivos de la reciente normativa es
"contribuir a la solución del problema habitacional", entonces el
derecho a la propiedad tiene que ser complementado con medidas dirigidas
a la construcción y reparación.
Según cifras oficiales en el año 2010 había un déficit de unas 600 mil
viviendas, más de la mitad de las existentes en mal estado y el 85%
necesitadas de reparación. Sin embargo, la realidad indica que las
cifras son mayores.
Entre los años 2001 y 2005 cuatro huracanes: Michelle (2001), Charley e
Iván (2004) y Dennis (2005) ocasionaron graves daños habitacionales.
Luego, en el 2008, alrededor de medio millón de viviendas fueron dañadas
o derribadas totalmente por los fenómenos atmosféricos Fay, Hanna,
Gustav e Ike. Teniendo en cuenta los incumplimientos de los planes
constructivos, el crecimiento poblacional y los constantes derrumbes, un
cálculo conservador arroja un déficit aproximado de un millón de
viviendas en una población de algo más de 11 millones. Como el actual
crecimiento demográfico demanda unas 50 mil nuevas casas anuales, se
requiere de varias décadas edificando unas 100 mil cada año para
resolver el problema el crítico problema habitacional.
La solución del problema exige incluir la participación de los
ciudadanos de forma paralela al Estado y la creación de pequeñas y
medianas empresas —privadas o cooperativas— de materiales de
construcción, de reparaciones, de venta de materiales, de transporte y
de financiamiento alternativo. Se requiere además de estudios
multidisciplinarios. En fin, la participación conjunta de Estado y Sociedad.
En esa problemática, el Decreto-Ley 288 no es sino el primer paso.
Importante porque va a generar un cambio de mentalidad en los cubanos y
porque es un reconocimiento, hasta ahora negado, del derecho de
propiedad. Eso sí, solo se trata de un primer paso.
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