lunes, 14 de abril de 2014

La ley que no se publica

Inversiones, Cambios, Economía



La ley que no se publica

La discrecionalidad y las prohibiciones son dos lastres de una nueva ley

de inversiones sometida a las "traducciones" de algunos funcionarios cubanos

Marlene Azor Hernández, México DF | 14/04/2014 10:04 am



Bastaba publicar la ley y el reglamento que la acompaña —aprobada ya por

el parlamento— para dejar razonar a todos, los inversores y los

trabajadores, sobre las ventajas y desventajas de la ley. Pero con la

habitual opacidad que caracteriza al gobierno cubano, y su aberrante

temor a la "masa crítica" informada, pospone su publicación hasta junio

parece ser, y se discute sobre la ley a partir de las "traducciones" de

distintos funcionarios.

Con un gran optimismo podríamos pensar que su no publicación se debe a

que están arreglando los desatinos que han detectado los que han tenido

acceso al borrador de la ley y que no son funcionarios del gobierno. En

esa dirección apunta el artículo de Jorge Gómez Barata ¿Por qué una ley

de Inversión Extranjera y no una ley de Inversiones?[1] Con una visión

menos optimista la posposición de la publicación se debe a que hay que

sortear o "domesticar" una opinión pública interna y externa que

constata el "olvido" de los derechos de los trabajadores cubanos y de

los inversores cubanos y extranjeros interesados en las PYMES no

estatales cubanas.

En el Granma, del 09/04/2014, aparece una reseña del intercambio de la

prensa nacional con la directora general de la Inversión Extranjera del

MINCEX, Deborah Rivas Saavedra, que es la más reciente "traducción" de

la ley por funcionarios cubanos.

Discrecionalidad de una ley no publicada

Aludiendo a los sectores en los cuales no se permitirá la inversión

extranjera se agrega por la

funcionaria "como tampoco es definitorio el monto del capital que se

desee invertir siempre y cuando este responda a las verdaderas

necesidades del país, representadas con un proyecto atractivo y

concreto" ¿Quién define si responde a las verdaderas necesidades del país?

En el actual contexto cubano y con las declaraciones del

General/Presidente y de Marino Murillo, —jefe de la comisión de

implementación de los Lineamientos—, sobre la empresa estatal "de todo

el pueblo"(sic) como la forma fundamental y priorizada en el modelo

económico cubano, y agregando la aclaración del canciller Bruno

Rodríguez Padilla en su encuentro con el grupo CAFÉ, sobre el interés

del gobierno cubano en las inversiones millonarias; las declaraciones de

Rivas quedan en ese nebuloso espacio de la discrecionalidad en

detrimento de las inversiones en micro, pequeñas y medianas empresas.

Las pequeñas inversiones de los cubanos en el exterior a través de sus

familiares en Cuba siguen en esta nebulosa de la discrecionalidad porque

se les permite pero no se les legaliza en la ley.

En el propio Granma, se ha publicado la "traducción" de otros

funcionarios intercambiando con preguntas de los lectores[2] en el cual

se aclara que no se reconoce a los cuentapropistas como personas

jurídicas sino "naturales" por lo tanto no pueden participar

directamente con inversores extranjeros y con respecto a las

cooperativas queda la discrecionalidad de nuevo sobre si le interesa o

no al gobierno. Entre la prohibición y la discrecionalidad las micro

empresas y las pequeñas empresas quedan junto a las cooperativas, o

prohibidas abiertamente en el caso de las primeras o aceptadas en

dependencia de los intereses del gobierno que es el que se erige en

decidir sobre las verdaderas necesidades del país. En otras palabras, lo

que será en pocos años más del 50 % del empleo en el país, individual y

cooperativas, no tiene derecho a intercambiar directamente con la

inversión extranjera. Otra vez, en el contexto cubano, las formas no

estatales tienen numerosos impuestos, ausencia de verdaderos mercados

mayoristas, insuficientes créditos, y trabas estatales a su gestión que

en la caso de las empresas agropecuarias alcanza a un 75 % de venta

obligatoria a Acopio, muy por debajo de los precios del mercado y según

el economista Armando Nova[3]. En este contexto la ley discrimina y falla.

Otra discrecionalidad de la ley a la que se refiere la funcionaria Rivas

Saavedra es con respecto a las inversiones de los cubanos residentes en

el exterior. Nos dice: "No se distingue el origen del capital. Nosotros

somos los que decidimos qué queremos hacer, y no al contrario. Tenemos

que guiar nuestro desarrollo en cualquier caso." Lo que no aclara la

funcionaria es que según otros funcionarios, la anterior y la nueva ley

se mantiene igual en no discriminar el origen de la inversión pero a la

vez no se conoce ningún caso de cubano aprobado para invertir en Cuba,

desde 1995 cuando se aprobó la anterior ley y hasta la actualidad. Según

las declaraciones del Ministro de Comercio Exterior no se prohíben pero

tampoco se estimulan. De tal manera, la posibilidad de invertir para los

cubanos en el exterior sigue bajo una decisión discrecional. Siempre

según las declaraciones de los funcionarios.

Prohibiciones

Además de prohibir a los cuentapropistas y mantener una discrecionalidad

sobre las cooperativas que podrán algunas formar parte de los "elegidos"

para la inversión extranjera, asombra la imposición de mantener las

empleadoras estatales para contratar a los trabajadores de las empresas

mixtas o de capital extranjero. Frente a las inquietudes de los

comentaristas en Granma.cu, los periodistas señalan: "Con respecto a las

agencias empleadoras, la funcionaria acotó además que estas no son

privativas de Cuba y a diferencia de las anteriores, las cuales tenían

un fin recaudatorio, con la nueva Ley el principio rector de estas

entidades no es recaudar, sino brindar un mejor servicio a los

inversionistas". Más adelante se comenta sobre ACOREC la tradicional

empresa empleadora estatal para empresas extranjeras en Cuba y se define

que las nuevas serán diferentes. Hay que recordar que ACOREC en los años

90s y con absoluta opacidad se quedaba con el 98 % del salario de los

empleados por ella. La intención actual parece disminuir "el diezmo"

hacia el Estado pero no existe ninguna garantía de que no siga

imponiendo un sustancial impuesto sobre el salario a los trabajadores

empleados por las nuevas empleadoras.

Que sea un 15 % o un 30 % sobre el salario, de lo cual se apropie la

empleadora estatal o simplemente un 5 %, la existencia de las

empleadoras cubanas son en sí mismo aberrantes porque a diferencia de

las empleadoras en el capitalismo, que no sustraen una parte del salario

mensual ni ejercen un filtro político ideológico como parte del filtro

de "la idoneidad", y a las cuales el trabajador decide si quiere

contratarlas o no, las empleadoras cubanas serán un nuevo organismo

impuesto que además se seguirá apropiando de los derechos políticos y

económicos del trabajador cubano, negociando ella y no el trabajador su

salario y su "idoneidad" e imponiéndole un impuesto al margen del

interés del trabajador mientras esté empleado. Nada de eso hacen las

empleadoras en el capitalismo.

El Estado quiere seguir teniendo súbditos y no ciudadanos, aunque el

desafortunado Ramiro Valdés, siga pensando y se lamente de que la

población cubana: "son pichones con el pico abierto esperando por papá

Estado" ¿De quién es la contradicción, la falta de respeto y la

incoherencia?



[1] En Havana Times 07/04/2014.

[2] "Funcionarios del Comercio Exterior dialogaron con lectores de

Granma.cu", en Granma 31 de marzo del 2014.

[3] "Razones porque el agro cubano no avanza" en Havana Times, 19 de

diciembre 2013.



Source: La ley que no se publica - Artículos - Cuba - Cuba Encuentro -

http://www.cubaencuentro.com/cuba/articulos/la-ley-que-no-se-publica-317688

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